Fiscal
Carta Porte 3.1: quién debe emitirla y quién no
No hace falta ser transportista para estar obligado. La regla depende de por dónde pasas y de qué tan grande es el vehículo.
Por Heriberto Varela G. · Publicado el
La pregunta que llega siempre es la misma: «tengo una camioneta y yo mismo llevo la mercancía a mis clientes, ¿tengo que emitir Carta Porte?». La respuesta corta es depende de por dónde pasas y de qué tan grande es el vehículo, no de si eres transportista. Aquí está la regla, en orden.
Quién está obligado
| Quién eres | Qué emites | Con complemento Carta Porte |
|---|---|---|
| Transportista con permiso de la SICT | CFDI de ingreso (le cobras el flete a alguien) | Sí |
| Dueño de la mercancía que la mueve en su propio vehículo | CFDI de traslado | Sí, cuando aplica (ver abajo) |
| Intermediario o agente de transporte | CFDI de ingreso | Sí |
| Transporte marítimo, aéreo o ferroviario | CFDI de ingreso | Sí, con su sección |
Fíjate en el segundo renglón: no hace falta ser transportista. Si la ferretería lleva el cemento a la obra en su propia camioneta, esa ferretería es la que traslada mercancía y puede estar obligada. Ese caso, con el tramo federal que lo decide y los datos que te van a pedir, está en Carta Porte con transporte propio.
Cuándo NO hace falta
- Traslados locales dentro del mismo municipio o zona metropolitana que no pasen por tramos de jurisdicción federal. Esta es la exención que cubre a la mayoría de los repartos de barrio.
- Particulares que mueven cosas propias sin venderlas (una mudanza), con un recorrido menor a 30 km y sin rebasar 3,500 kg.
El detalle que se pasa por alto: la exención se cae por el tamaño del vehículo. Si el camión es más grande que un C2 —tres ejes o más—, hay que emitir Carta Porte aunque el trayecto sea corto. Y «no pasar por tramo federal» hay que revisarlo en serio: muchas avenidas que parecen locales son carretera federal en un tramo.
Qué versión va
La vigente es la 3.1, en vigor desde julio de 2024, con campos que la 3.0 no pedía. Si tu proveedor de facturación todavía te ofrece la 3.0, ese es el primer problema a resolver.
Qué pasa si te toca y no la emites
Trasladar mercancía sin el comprobante que la ampare deja el traslado sin respaldo fiscal, expone la carga a que la autoridad la detenga en un punto de revisión y complica deducir el flete. En un negocio chico, el costo real casi nunca es la multa: es el camión parado y el cliente esperando.
Qué hace ERPCauce hoy, dicho de frente
ERPCauce emite el CFDI de traslado con complemento Carta Porte 3.1, además de las facturas, notas de crédito, complementos de pago y factura global. Se arma desde el embarque: el reparto ya sabe qué pedidos van, a qué clientes y en qué orden, así que solo eliges la camioneta y el chofer y capturas los kilómetros por tramo.
Si tu reparto es local y cae en la exención —el caso de la mayoría de las tiendas y ferreterías a las que servimos—, no la necesitas. Si sales a carretera federal, la timbras en el mismo sistema en que vendiste y repartiste, sin capturar el viaje dos veces. Cómo se arma está en el módulo de embarques.
Para seguir
Si lo tuyo es ordenar la facturación del día a día, empieza por qué cambió con el CFDI 4.0 o por la guía de cómo facturar. Y si lo que quieres es tener claro qué saliste y a quién, mira el módulo de inventario.
Esta guía es informativa y no sustituye la opinión de tu contador. Las reglas de Carta Porte cambian con frecuencia y su aplicación depende de la ruta concreta: confirma tu caso antes de decidir.
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